La Guardia Civil esclarece un delito de abandono animal en el que un perro fue atacado por el resto de la manada

Presuntamente, el investigado abandonó un perro a su suerte en una manada de otros 21 canes

El animal fue descuartizado por los otros peros

La Benemérita ha contado con la colaboración de los ciudadanos y de la Policía Local

La Guardia Civil de la Región de Murcia, en colaboración con la Policía Local de Santomera, ha desarrollado operación 'CHENIL' para investigar el abandono de un perro y su posterior fallecimiento, que se ha saldado con el esclarecimiento del suceso con la identificación del presunto autor y la instrucción de las correspondientes diligencias por delito de abandono de animales domésticos.

La operación está enmarcada en los servicios establecidos para prevenir y perseguir el abandono de animales domésticos, que el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil ha incrementado recientemente.

La Guardia Civil inició la operación, gracias a la colaboración ciudadana, al detectar la comisión de un supuesto delito de abandono de animales domésticos, en concreto un perro que, al parecer, había sido desatendido por su propietario y la había introducido en una manada de otros 21 canes en una finca de Santomera.

Los guardias civiles, en colaboración con la Policía Local de la localidad, localizaron el lugar donde, presuntamente, se encontraba el pero abandonado y efectuaron la correspondiente inspección.

Los restos del animal abandonado, debido al fuerte olor a descomposición, fueron hallados por los investigadores en la finca, ocultos en una bolsa de basura, que al parecer habían seccionado el resto de animales de la manada, por lo que la Guardia Civil ha instruido las correspondientes diligencias para atribuir al investigado la presunta autoría de delito de abandono de animales domésticos.

El hecho de abandonar al animal a su suerte en el interior de un recinto cerrado ha podido suponer su muerte debido al intrínseco comportamiento de la especie canina. El perro es un animal gregario, con una elevada fortaleza y fuertemente armado con sus dientes y musculatura, que le dotan de capacidad para matar a otros individuos de su misma especie con los que se ve obligado a competir para poder adaptarse al medio y sobrevivir.

Es frecuente que el hombre decida incorporar nuevos miembros a una manada ya jerarquizada. Esta decisión debe realizarse siempre con gran cuidado y de forma paulatina porque, de lo contrario, se producirán graves disputas entre los miembros por el escalafón en la manada.

Es responsabilidad del humano determinar el carácter de los nuevos animales que pretende incorporar a la manada antes de proceder a integrarlos en las mismas instalaciones, máxime cuando se trate de perreras grupales en vez de individuales.

El animal nuevo no puede incorporarse a la perrera hasta que sea aceptado por el grupo. Para ello debería ser alojado en alguna ubicación próxima a la perrera, para que lo puedan escuchar y oler, pero que evite el contacto directo entre ellos.

Si el nuevo animal es introducido sin haber tomado las correspondientes medidas de precaución se puede generar una lucha que, normalmente, suele finalizar con la muerte del "intruso".

Una vez más, se pone de manifiesto la importancia de la colaboración ciudadana con la Guardia Civil que, como en otros casos, ha sido crucial para iniciar la investigación e identificar a los presuntos autores de este tipo de delitos.

Esta problemática ha tenido recientemente una respuesta legal como consecuencia de las modificaciones que el Código Penal ha incorporado, reforzando la protección de los animales.

El delito de abandono animal

El delito de abandono animal se encuentra recogido en la reciente reforma del Código Penal, que lo define como el que abandone un animal de compañía, amansado o cualquiera que no viva en estado salvaje, en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad, y es castigado con la pena de multa de tres a seis meses. Además, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

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